Iván Pérez Varas, quien permanecía bajo internación provisional en la cárcel de Valparaíso, murió tras suicidarse al interior del recinto penitenciario.
El hombre se encontraba privado de libertad en el marco de una causa relacionada con un delito de incendio cometido en la Región Metropolitana. Durante el proceso judicial se detectaron antecedentes de enajenación mental.
Una pericia psiquiátrica determinó que Pérez Varas era inimputable debido a su condición de salud mental. En noviembre de 2025, el tribunal suspendió el procedimiento y ordenó su evaluación en el Instituto Psiquiátrico José Horwitz Barak.
Sin embargo, el recinto asistencial informó el 4 de diciembre de 2025 que el hombre se encontraba en el lugar 126 de la lista de espera para ingresar.
Posteriormente, el Instituto emitió un nuevo informe que, según la Defensoría Penal Pública, mantuvo el diagnóstico de enajenación mental sostenido por la defensa. Pese a ello, Pérez Varas continuó privado de libertad en el recinto penitenciario de Valparaíso.
Siete solicitudes para modificar las medidas cautelares
Durante el proceso, la defensa solicitó en siete oportunidades revisar las medidas cautelares de prisión preventiva e internación provisional. Todas las solicitudes fueron rechazadas.
La internación provisional debe cumplirse en un establecimiento asistencial especializado, de acuerdo con el Código Procesal Penal. Sin embargo, la Defensoría Penal Pública advirtió que la falta de cupos en la red pública de salud dificulta el traslado oportuno de personas que se encuentran en esta condición procesal.
Según la institución, el ingreso a un establecimiento de salud especializado puede tardar cerca de un año.
El caso quedó además bajo análisis por las circunstancias en que ocurrió la muerte y las condiciones en que el hombre permanecía privado de libertad.
